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	<title>a2estudiolegal &#187; LOPD</title>
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	<description>Patentes, Marcas y Startups</description>
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		<title>Diálogos de DPDs</title>
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		<pubDate>Tue, 03 Dec 2019 10:15:53 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Ana Isabel García]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Empresas]]></category>
		<category><![CDATA[LOPD]]></category>
		<category><![CDATA[Startups]]></category>
		<category><![CDATA[#DPD #PRIVACIDAD #DATOS]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>El pasado 29 de noviembre se celebraba el II Congreso del Club del DPD de la AEC, Asociación Española de la Calidad en la sede de Telefónica bajo el título “Diálogos de DPDs”. Hay que indicar, que el citado Club del DPD fue constituido el otoño del año pasado, con motivo de crear un espacio [&#8230;]</p>
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				<content:encoded><![CDATA[<p>El pasado 29 de noviembre se celebraba el II Congreso del Club del DPD de la AEC, Asociación Española de la Calidad en la sede de Telefónica bajo el título “Diálogos de DPDs”.</p>
<p>Hay que indicar, que el citado Club del DPD fue constituido el otoño del año pasado, con motivo de crear un espacio abierto para compartir experiencias, conocimiento, debates y seguimiento de la figura de DPD, tras su implantación de forma definitiva por la actual normativa, tanto europea, como en este caso, española.</p>
<p>Recordamos, que la anterior Directiva 95/46/CE ya recogía la figura del Delegado de Protección de Datos, si bien, dejaba a la potestad de los diferentes Estados el implantarla con sus legislaciones nacionales o no. Y nuestro país, frente a otros, como fue el caso de Alemania, optó por no hacerlo.</p>
<p>Desde el 25 de Mayo del 2018, fecha en la que entró en aplicación el Reglamento (UE) 2016/679 esta figura quedó implantada por su incorporación en <strong>el artículo 37 del RGPD</strong> en el que se establecía <strong>los casos en que es obligatorio</strong> que los responsables o encargados de tratamiento procedan a su designación si se encontraban en los siguientes supuestos:</p>
<p>a) el tratamiento lo lleve a cabo una autoridad u organismo público, excepto los tribunales que actúen en ejercicio de su función judicial;</p>
<p>b) las actividades principales del responsable o del encargado consistan en operaciones de tratamiento que, en razón de su naturaleza, alcance y/o fines, requieran una observación habitual y sistemática de interesados a gran escala, o</p>
<p>c) las actividades principales del responsable o del encargado consistan en el tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos personales con arreglo al artículo 9 y de datos relativos a condenas e infracciones penales a que se refiere el artículo 10.</p>
<p>Sin duda, tal y como se puso de manifiesto por parte de los DPDs que participamos en la jornada celebrada el pasado 29 de noviembre, aún hay que concienciar, informar y dejar que se vaya instaurando y asentando la figura en nuestra sociedad, y más si cabe en nuestras empresas y Administraciones Públicas, con un conocimiento real de cuáles son <strong>las funciones </strong>que verdaderamente otorga la Legislación y las que en la práctica se nos exige por parte de los responsables o encargados de tratamiento.</p>
<p>Así el artículo <strong>39 del RGPD</strong> establece como funciones del DPD las siguientes:</p>
<p>• <strong>Informar y asesorar</strong> al responsable, al Encargado y empleados.</p>
<p>• <strong>Supervisar</strong> el cumplimiento incluyendo asignación de responsabilidades, concienciación y formación del personal.</p>
<p>• <strong>Asesorar</strong> acerca de la evaluación de impacto y supervisar su aplicación.</p>
<p>• <strong>Cooperar</strong> con la autoridad de control.</p>
<p>• <strong>Actuar como punto de contacto</strong> en cuestiones relativas al tratamiento de los datos, incluyendo las consultas previas.</p>
<p>Tal y como señaló José Luis Piñar , DPD del Consejo General de la Abogacía Española, y profesor de la Universidad San Pablo CEU, en muchas empresas, se pide que el abogado de la empresa sea el DPD de la misma, cuando ambas funciones serían incompatibles por las tareas asignadas legalmente en cada caso.</p>
<p>Por otra parte, moderados por Eduard Chaveli Donet, CEO de Govertis, los DPDs de Renfe ( Francisco Lázaro Anguis) , Ayuntamiento de Valencia ( Jordi Verdú), de Telefónica ( Irene Benavides) y la DPD de la Universidad Francisco de Vitoria ( Raquel Sánchez), nos ilustraron con su día a día en el ejercicio de su trabajo, y cómo han tenido que ir diseñando y adaptando en cada organización sus tareas y equipos con objeto de establecer hitos y retos asumibles y que fueran progresivamente consiguiendo los objetivos marcados. Interesante, resultó el caso del Ayuntamiento de Valencia, casi designando “embajadores” en cada una de las secciones o departamentos, que hicieran el papel de concienciar y poner el foco en la protección de datos personales, o la de optar por incorporar una “documentalista” en la estructura de la oficina del DPD de Renfe.</p>
<p>Como se puso de manifiesto durante la celebración del citado II Congreso del DPD de la AEC, en la actualidad hay más de 40.000 inscripciones de DPDs ante la Agencia Española de Protección de Dato.</p>
<p>Sin duda la designación de un DPD en el número de los inscritos citados, se debe al cumplimiento de las Organizaciones a la obligación legal del artículo 37 RGPD, pero también en muchos casos dentro de la posibilidad que la norma otorga a su designación voluntaria por parte de los responsables o encargados de tratamiento.</p>
<p>Esta <strong>designación voluntaria de DPDs</strong>, la debemos poner en relación con algunos de los principios que rige la actual normativa, como es, la ya conocida “accountability”, que no es más que, con la influencia del derecho anglosajón, la <strong>“proactividad &#8220;</strong> que se exige a las organizaciones con respecto a la protección de los datos personales de las personas físicas.</p>
<p>Por ello, una de las más eficaces formas de acreditar para una organización la proactividad en el cumplimiento y protección de los datos personales, es la de, sin tener que hacerlo, haber nombrado un Delegado de Protección de Datos, que vendrá a asesorarle y apoyarle en ese cumplimiento. Desde <strong>A2 Estudio Legal</strong>, venimos ofreciendo <strong>el servicio de DPD a nuestros clientes</strong>, contando con profesionales certificados por el CERPER.</p>
<p>Finalmente, señalar que la celebración de este II Congreso, también nos regaló reflexiones y abordajes de la privacidad desde aspectos no meramente legales sino más en el plano de la cultura y la antropología, y como la consideración de la misma puede variar en función de las diferentes áreas geográficas, entre generaciones… Sin duda, fue la ponencia de Antonio Muñoz Marcos DPD officer de Telefónica, la encargada de tocarnos la fibra a todos los asistentes.</p>
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		<title>Google y YouTube afectadas por la Ley de Propiedad Intelectual</title>
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		<pubDate>Fri, 28 Oct 2016 09:49:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[A2 Estudio Legal]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[LOPD]]></category>
		<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
		<category><![CDATA[#creación]]></category>
		<category><![CDATA[#propiedad intelectual]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>Muchos recordamos la Ley promulgada hace casi 2 años a la que tuvo que hacer frente Google: Ley de Propiedad Intelectual (en vigor desde 2015). Esta se crea con el fin de acabar con la piratería en España, una batalla en la que a día de hoy se sigue luchando desde distintos sectores y grupos de opinión, [&#8230;]</p>
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				<content:encoded><![CDATA[<p>Muchos recordamos la Ley promulgada hace casi 2 años a la que tuvo que hacer frente <strong>Google</strong>: <a href="http://www.a2estudiolegal.com/registro-propiedad-intelectual/">Ley de Propiedad Intelectual </a>(en vigor desde 2015). Esta se crea con el fin de acabar con la piratería en España, una batalla en la que a día de hoy se sigue luchando desde distintos sectores y grupos de opinión, especialmente desde el mundo de la cultura.</p>
<p>Terminar con las páginas ilegales de descargas ha sido la mayor preocupación del estado y desde el ámbito jurídico en cuanto a<strong> Derechos de Autor</strong>, por lo que se llega a advertir a páginas reincidentes de la posible sanción y obligación de tener que abonar de 150.000 hasta 600.000€, llegando a pedir a sus anunciantes que dejen de promocionarse en ellas.</p>
<p>Esta Ley llega a tener como afectado al propio Google, con la <strong>tasa AEDE</strong> (Asociación de Editores Diarios), por la que agregadores de noticias como el famoso<strong> </strong><strong>Google News</strong>, deberían pagar una tasa a los autores por hacerse eco periódicamente de este tipo de contenido.<br />
Fue entonces, como era de esperar, que el buscador más famoso del mundo manifestó su decepción y malestar ante dicho canon.</p>
<p>Tras un año de la puesta en vigor de la Ley de Propiedad Intelectual, la <strong>Comisión Europea</strong> ha anunciado el pasado sábado día 15 de Octubre una serie de propuestas para reformar los Derechos de Autor en Internet. Y es que Bruselas quiere que Google News comiencen a pagar a los medios de comunicación por el uso de sus contenidos.</p>
<p>Del mismo modo, otros canales como<strong> </strong><strong>YouTube</strong> se ven afectados por esta serie de normativas, las cuales exigen una mayor regulación en cuanto a los contenidos subidos a la plataforma por parte de los usuarios para lograr así proteger los <a href="http://www.a2estudiolegal.com/registro-propiedad-intelectual/">Derechos de Autor.</a></p>
<p>Jean-Claude Juncker (presidente de la Comisión Europea) lo comentó con estas palabras:</p>
<p><em>&#8220;Quiero que los periodistas, editores, autores y otros cobren de manera justa por su trabajo, ya lo hagan en una oficina o en casa, lo difundan en formato físico u online, o lo distribuyan gracias a una fotocopiadora o a un enlace&#8221;</em></p>
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		<title>qué podemos hacer en cuestión de marketing?</title>
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		<pubDate>Wed, 04 Mar 2015 15:23:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Ana Isabel García]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Empresas]]></category>
		<category><![CDATA[LOPD]]></category>
		<category><![CDATA[Marketing]]></category>
		<category><![CDATA[Startups]]></category>
		<category><![CDATA[emprendedores]]></category>
		<category><![CDATA[formación]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>El jueves de la semana pasada conocimos a Eva, Juan, Pilar, Antonio … un estupendo y entusiasta grupo de emprendedores de Fuenlabrada, población cercana a Madrid, y también conocimos sus proyectos: un parque de bolas, una página web social, un proyecto asistencial…. A2 Estudio Legal tuvo la suerte de ser invitados por el Ayuntamiento de [&#8230;]</p>
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				<content:encoded><![CDATA[<p>El jueves de la semana pasada conocimos a Eva, Juan, Pilar, Antonio … un estupendo y entusiasta grupo de emprendedores de Fuenlabrada, población cercana a Madrid, y también conocimos sus proyectos: un parque de bolas, una página web social, un proyecto asistencial….</p>
<p>A2 Estudio Legal tuvo la suerte de ser invitados por el Ayuntamiento de Fuenlabrada, para participar en una jornada formativa que se impartia en el espacio co-working “ La Guarida Creativa”.</p>
<p>Hablamos de temas legales, y aunque para cualquier emprendedor estas áreas, aunque necesarias para poner en marcha su proyecto son las menos motivantes, conseguimos que pasaran una mañana “interesante”, por los temas de los que hablamos, los casos prácticos que abordamos, y “muy útil”.</p>
<p>Estos comentarios finales de ellos, los emprendedores, son los que nos animan a continuar cada vez más diseñando acciones que tengan como objetivo apoyar y asesorarles.</p>
<p>Pero de qué hablamos los de A2 Estudio Legal, diréis?</p>
<p>La jornada se planteo desde dos áreas diferentes aunque muy relacionadas:</p>
<p>Así, para despertar a los asistentes, empezamos hablando de la Ley Orgánica de Protección de Datos, con objeto de hacerles partícipes y sensibles a la hora de que traten los datos de personas físicas de la necesidad de actuar con el máximo respecto y siempre dentro de las acciones y requisitos expresamente establecidos en nuestras normas.</p>
<p>Les ayudamos a acercarse en cada uno de los casos y proyectos empresariales que quieren poner en marcha a los requisitos de seguridad y acciones que tenían que llevar a cabo para que su actividad fuera conforme a nuestra LOPD.</p>
<p>Se plantearon bastantes preguntas, poniendo de manifiesto que el tema había conseguido interesarles, así como la necesidad de que se ofrezca más información en esta área tanto desde la Administración como de empresas especializadas.</p>
<p>Después del café de media mañana continuamos hablando de marketing legal, es decir, de lo que podemos y no podemos hacer a la hora de tratar de vender nuestros productos o servicios., así como de los requisitos legales que tienen que cumplir las web-sites y los e-commerce.<br />
Los casos prácticos de los que se hablaron, la prácticas de publicidad comparativa permitida por nuestras leyes, las absolutamente prohibidas de publicidad denigratoria o subliminal, consiguieron enganchar a los asistentes prolongando la jornada formativa más allá del tiempo previsto.</p>
<p>Aunque los abogados de A2 íbamos con la tarea de impartir la formación que os hemos contado, hoy os puedo decir, que los que más aprendimos fuimos nosotros de este grupo de emprendedores.</p>
<p>Aprendimos de su motivación, de su capacidad de superación, trabajo y esfuerzo así como de sus ganas de aprender y mejorar.<br />
También aprendimos, que si las cosas se hacen con muchas ganas y cariño, todo siempre sale bien.<br />
Os dejo, que en A2 Estudio Legal seguimos trabajando…</p>
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