¿Cumple tu Edtech con el RGPD?
El RGPD (Reglamento (UE) 2016/679) y la LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018) regulan el tratamiento de datos personales en el sector edtech. Los aspectos más críticos son:
Datos de menores (Art. 8 RGPD + LOPDGDD Art. 7): El Art. 8 RGPD establece las condiciones del consentimiento de menores en servicios de la sociedad de la información. La LOPDGDD Art. 7 fija la edad mínima de consentimiento en 14 años en España. Los menores de 14 no pueden dar consentimiento válido; se requiere consentimiento parental. Para menores de 14 a 18 años, el consentimiento del menor es válido pero debe complementarse con información adaptada.
Datos biométricos (Art. 9 RGPD): Los datos biométricos utilizados para identificación única son categorías especiales. El proctoring con reconocimiento facial, escaneo de iris o voz requiere base jurídica específica del Art. 9 (consentimiento explícito). La AEPD ha publicado un informe sobre reconocimiento facial en exámenes, exigiendo consentimiento libre y con alternativa genuina.
DPIA (Art. 35): La DPIA es obligatoria para el tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos (biometría) y la observación sistemática a gran escala, especialmente de menores.
Decisiones automatizadas (Art. 22): Si la IA se utiliza para evaluar, admitir o clasificar estudiantes, puede constituir una decisión automatizada del Art. 22.
Seguridad (Art. 32): Medidas apropiadas al riesgo, especialmente para datos de menores y biométricos.
- Análisis de datos de menores — Verificamos el consentimiento parental (LOPDGDD Art. 7, menores de 14)
- Análisis de biometría — Identificamos la base jurídica del Art. 9 para proctoring biométrico
- DPIA educativa — Realizamos la Evaluación de Impacto del Art. 35 para datos de menores y biometría
- Análisis del Art. 22 — Evaluamos si la IA de evaluación constituye una decisión automatizada
- Coordinación con AEPD — Actuamos ante la AEPD en inspecciones y reclamaciones del sector educativo
Obligaciones del RGPD para Edtech
Las obligaciones del RGPD para un edtech incluyen:
Consentimiento de menores:
- Verificar la edad del usuario
- Para menores de 14 años: obtener consentimiento parental (LOPDGDD Art. 7)
- Para menores de 14 a 18: consentimiento del menor con información adaptada
- Documentar el consentimiento y la verificación de la edad
Bases jurídicas y transparencia:
- Identificar la base jurídica del Art. 6 (consentimiento, contrato, interés legítimo)
- Para datos biométricos: base jurídica del Art. 9 (consentimiento explícito)
- Información al interesado y a los padres (Arts. 13-14), adaptada a la edad
- Política de privacidad clara y accesible, con lenguaje comprensible para menores
Derechos del interesado:
- Acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición (Arts. 15-21)
- Derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas (Art. 22) si se usa IA de evaluación
- Derechos ejercidos por padres en nombre de menores de 14
Seguridad y brechas:
- Medidas técnicas y organizativas (Art. 32): cifrado, control de acceso
- Notificación de brechas en 72 horas (Art. 33)
- Comunicación a afectados (Art. 34) si hay alto riesgo (habitual con datos de menores)
DPIA y DPO:
- DPIA obligatoria para tratamiento a gran escala de datos de menores y biometría (Art. 35)
- DPO obligatorio si las actividades principales consisten en tratamiento a gran escala de categorías especiales (Art. 37)
Sanciones: Hasta 20 millones de € o el 4% de la facturación global. La AEPD ha sancionado a un colegio con €10.000 (2025) por crear un perfil electrónico de una menor sin consentimiento parental.
Artículos del RGPD más relevantes para Edtech
| Artículo | Tema | Aplicación en edtech |
|---|---|---|
| Art. 8 | Consentimiento de menores | LOPDGDD Art. 7: 14 años en España |
| Art. 9 | Categorías especiales | Biometría en proctoring: consentimiento explícito |
| Art. 6 | Bases jurídicas | Consentimiento, contrato, interés legítimo |
| Art. 13-14 | Información | Política adaptada a menores y padres |
| Art. 22 | Decisiones automatizadas | IA de evaluación, admisión, clasificación |
| Art. 32 | Seguridad | Cifrado, control de acceso |
| Art. 35 | DPIA | Datos de menores y biometría a gran escala |
| Art. 37 | DPO | Tratamiento a gran escala de categorías especiales |
| LOPDGDD Art. 7 | Menores | Edad mínima de consentimiento: 14 años |
Casos reales de enforcement en edtech
- AEPD — Sanción a colegio, €10.000 (2025) — Creación de perfil electrónico de una menor sin consentimiento parental (Arts. 6, 13 y 32 RGPD). Fuente: blog PSN Sercon
- AEPD — Informe sobre reconocimiento facial en exámenes en línea: AEPD
- AEPD — Resolución sobre proctoring biométrico en universidad: AEPD
- AEPD — Guía para centros educativos: AEPD
- AEPD — Principios para plataformas educativas digitales: AEPD
- AEPD — FAQ sobre menores y educación: AEPD
Checklist de compliance RGPD para Edtech
- Identificar todos los tratamientos de datos de menores
- Implementar verificación de edad
- Para menores de 14: obtener consentimiento parental (LOPDGDD Art. 7)
- Para menores de 14-18: consentimiento del menor con información adaptada
- Identificar la base jurídica del Art. 6 para cada tratamiento
- Para biometría: base jurídica del Art. 9 (consentimiento explícito)
- Verificar que el consentimiento biométrico es libre y con alternativa genuina
- Redactar política de privacidad adaptada a menores (Arts. 13-14)
- Implementar mecanismos de ejercicio de derechos (Arts. 15-21)
- Evaluar si la IA de evaluación es decisión automatizada (Art. 22)
- Realizar DPIA para datos de menores y biometría (Art. 35)
- Designar DPO si corresponde (Art. 37)
- Implementar medidas de seguridad (Art. 32): cifrado, acceso
- Establecer procedimiento de notificación de brechas en 72h (Art. 33)
Recursos relacionados
- GDPR Hub — Centro de recursos sobre el RGPD
- Glosario RGPD — 45+ términos clave con referencias a artículos
- AI Act vs RGPD — Tabla comparativa de ambas normativas
- Comprobador RGPD — Autoevalúa tu compliance
- Servicio de Regulación de IA y Datos — Asesoramiento integral
- AI Act para Edtech — Guía sectorial del AI Act para edtech
- DPO as a Service — Delegado de Protección de Datos externo
Esta página es información general, no asesoramiento jurídico. Cada tratamiento de datos debe analizarse individualmente. Las sanciones citadas se basan en resoluciones públicas de la AEPD.