Registro de un diseño industrial internacional

29 diciembre, 2016
Por Ana Lorente
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Un dibujo o diseño industrial se refiere a cualquier tipo de innovación formal referida a las características de apariencia del producto o de su ornamentación. Protege la forma bidimensional o tridimensional desde un punto de vista estético. Si ha dado a un objeto ya existente una configuración, estructura o constitución nueva, lo que aporta una ventaja adicional en su uso o en su fabricación, en ese caso estamos hablando de un modelo de utilidad.

Este diseño debe ser nuevo, es decir, no tener conocimiento de su existencia o ningún otro diseño idéntico haya sido hecho accesible al público con anterioridad.

En ocasiones, no le damos a la protección del diseño la importancia que merece. Aunque sí es cierto que la preocupación por protegerlo va en aumento. Esto hace necesario conocer las dos leyes, que en principio, nos ayudarán a tomar las medidas oportunas para proteger dicho diseño: la Ley de Propiedad Intelectual protege la originalidad de la obra mientras que la Ley de Protección del diseño Industrial busca proteger su singularidad y novedad.

Al registrar un diseño industrial, se otorga al titular el derecho exclusivo a utilizarlo e impedir que terceros lo reproduzcan o imiten sin su autorización. El diseño de un producto, en la mayoría de ocasiones, va asociado a la imagen de la empresa siendo por lo tanto uno de los activos más importantes y con un gran valor económico dentro de ella.

Además de mejorar de esta manera su imagen, proteger un diseño industrial permite distinguir nuestro producto de los competidores o la posibilidad de cederse o venderse.

En lo que se refiere a las ventajas de su registro internacional es que unifica y simplifica determinados trámites dentro de la solicitud cuando se pretende obtener protección en multitud de países.

A la hora de abordar la protección de un diseño industrial en múltiples países se puede optar por la protección que ofrece el Diseño Comunitario, con ámbito de registro en todos los países de la Unión Europea, o bien, acudir al llamado Diseño Internacional, que está regulado por el Sistema de la Haya o Arreglo de la Haya, un sistema internacional de registro de dibujos y diseño industriales.

Ambos sistemas proporcionan la adquisición y mantenimiento centralizados de derechos sobre los diseños industriales a través de la presentación de una única solicitud internacional en un único idioma y pago.

Como señalábamos, el diseño comunitario cubre la protección a nivel Europeo, frente al Sistema de la Haya, que abarca a todos aquellos países y/o organismos intergubernamentales que han entrado a formar parte de este Sistema.

En A2 Estudio Legal nos hacemos cargo de todo el proceso de solicitud y seguimiento de sus Diseños Industriales, tanto en el ámbito estatal, comunitario como internacional, que tienen una vigencia de 5 años, renovables hasta un máximo de 25 años.

Acerca de

Apasionada por la innovación y el emprendimiento, desde 1994 ha centrado su experiencia en el mundo de la propiedad industrial e intelectual. Es Abogado, Agente Oficial de la Propiedad Industrial y especialista en Negocios de la Nueva Economía por la Universidad Politécnica de Madrid.

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